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viernes, 29 de septiembre de 2017

El concepto litúrgico de "Misa votiva"




 

Al definir "Misa votiva", el Diccionario de la Lengua Española, dice textualmente que es la "que, no siendo propia del orden del calendario litúrgico, se puede decir en ciertas ocasiones por devoción". Quizás hubiera sido mejor reemplazar el verbo "decir" por "celebrar". De todos modos, el concepto es simple y claro.  Nos estamos refiriendo a la Misa que puede celebrarse en determinados días  no impedidos del Calendario litúrgico.

Se trata de formularios de Misas que no tienen una fecha fija en el mentado Calendario, muchos de los cuales antiguamente solían asociarse piadosamente a algún día de la semana.

El conjunto de Misas votivas es abierto pues la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos siempre puede, según las necesidades, crear nuevos formularios, o aprobar los propuestos por diversas Familias religiosas.

En el original latino de la editio typica tertia del Misal Romano, que es la vigente, luego de las Misas de los diferentes "Comunes", figura la nómina de Misas votivas. Las rúbricas aclaran que el Ordinario del lugar, si lo requieren muy graves necesidades pastorales, puede autorizarlas en cualquier día que no sean los Domingos de Adviento, Cuaresma o Pascua, las solemnidades, la Semana Santa, los días de la infraoctava pascual, el Miércoles de Ceniza o la Conmemoración de los Fieles Difuntos.
 
Normalmente, las Misas votivas, para bien de los fieles (pro utilitatem fidelium), se puede celebrar en cualquier "feria" del Tiempo Ordinario, o en aquellos días en que figura/n alguna/s memoria/s facultativa/s en el Calendario general. En los demás, está prohibida, salvo que la "utilidad pastoral" lo requiera excepcionalmente, lo cual decidirá el rector de la iglesia en que tendrá lugar la Eucaristía, o el sacerdote celebrante. Así, a excepción de los días mencionados en el párrafo anterior (en los que ni el Ordinario del lugar puede permitirlo), el rector podrá, por utilidad pastoral, celebrar una Misa votiva en los días en que ocurre una memoria obligatoria, en las de Adviento hasta el 16 de diciembre, y en las de Pascua, después de la Octava. (Cf. Institución General del Misal Romano -IGMR-, 376). De todas maneras, esto no debería convertirse en algo habitual.

Se puede celebrar una Misa votiva en honor del Señor, de la Santísima Virgen o de cualquier santo. Sin embargo, hay que aclarar que, a tenor de lo que dice el n. 375 de la IGMR, no se permite la celebración de Misas votivas de los misterios de la Vida del Señor o de la Santísima Virgen que diga relación con el curso del Año Litúrgico y que por razones precisas se haya fijado en determinada fecha o día litúrgico. Por ejemplo, no sería correcto celebrar una Misa votiva de la Pascua del Señor o de Navidad; de la Asunción de la Virgen o de su Natividad. En efecto, estas festividades se inscriben en el tiempo o día litúrgico por motivos que les son propios. Se exceptúa de esta norma la Inmaculada Concepción de la Santísima Virgen, en cuyo honor sí puede celebrarse una Misa votiva. (Cf. IGMR, 375).
 

En síntesis: ¿Cuándo se puede celebrar una Misa votiva y cuándo no? (IGMR. 375-376)

-Nunca: en los Domingos de Adviento, Cuaresma o Pascua, en las solemnidades, durante la Semana Santa, en los días de la infraoctava pascual, en el Miércoles de Ceniza o en la Conmemoración de los Fieles Difuntos.
 
-Por mandato o con licencia del Ordinario del lugar, por grave necesidad o utilidad pastoral: en fiestas, Ferias Mayores de Adviento (17-24/12), en todas las ferias cuaresmales, domingos de los tiempos Ordinario y de Navidad, y en los días de la Infraoctava de esta solemnidad.
 
-Por "verdadera necesidad o utilidad pastoral, en la celebración con pueblo, (...) a juicio del rector de la iglesia o del mismo sacerdote": en los días en que se celebra una memoria obligatoria o una feria de Adviento hasta el 16 de diciembre inclusive, del tiempo de Navidad desde el 2 de enero, o del tiempo pascual después de la Octava de Pascua.
 
-Siempre: en las ferias del tiempo "durante el año" o en los días en que ocurra alguna memoria facultativa o libre.
 
 
 
 
ELENCO DE MISAS VOTIVAS

Del Señor


Es la Misa de la homónima solemnidad (con el Prefacio incluido), aunque sin el Gloria ni el Credo y con una sola lectura antes del Evangelio. Se usan ornamentos blancos.


La canonización de Faustina Kowalska, vidente de la Divina Misericordia, y la denominación del Domingo II de Pascua como "de la Divina Misericordia", más la creciente devoción a Jesús Misericordioso, son hechos que han impulsado la creación de esta Misa votiva. El formulario no se debe emplear en el mencionado Domingo de la Divina Misericordia", pues tiene Misa propia. Se usan ornamentos blancos.



En muchos lugares, se celebra la fiesta de Nuestro Señor Jesucristo, Sumo y Eterno Sacerdote el jueves que sigue a la solemnidad de Pentecostés, y suele emplearse este formulario. No obstante, puede utilizarse también en cualquier otro día no litúrgicamente impedido. Es oportuno emplear este formulario, por ejemplo, allí donde se realicen los llamados "jueves sacerdotales", con Adoración al Santísimo seguida de Misa. Se usan ornamentos blancos y se recurre a algunos de los Prefacios de la Santísima Eucaristía.



En esta Misa se usan ornamentos rojos. Se emplea el formulario de la fiesta de la Exaltación de la Santa Cruz (14/09) con su Prefacio propio o con el de la Pasión I, alternativo para dicha fiesta. En algunos lugares en que el 3 de mayo se celebra la festividad de la Invención de la santa Cruz, suprimida en el Calendario universal, suele adoptarse también dicho formulario. No obstante, es susceptible de ser empleado en cualquier día no impedido litúrgicamente, en especial, los viernes, en memoria de la Pasión del Señor.



Este formulario, como el anterior, también puede emplearse entre otros días, en los "jueves sacerdotales". Puede emplearse también como Misa votiva de la Santísima Eucaristía la de Jesucristo, Sumo y Eterno Sacerdote o la de la solemnidad del Cuerpo y la Sangre del Señor, sin Gloria ni Credo. Siempre se recurre a uno de los Prefacios de la Santísima Eucaristía. En esta Misa votiva se usan ornamentos blancos.



Desde hace unos años, por feliz disposición de la Santa Sede, se ha restituido al Calendario general la memoria litúrgica devocional del Santísimo Nombre de Jesús que había sido suprimida, aunque no ya en su antigua fecha del 2 de enero, sino un día después, el 3. En el Misal ya hay una Misa propia para esta memoria litúrgica -que, por cierto, es de carácter facultativo-, distinta de la Misa votiva. En aquella se emplea el Prefacio de Navidad; en esta, el Prefacio del tiempo correspondiente. Siempre se usan ornamentos blancos.



Antiguamente se celebraba la festividad de la Preciosísima Sangre de Jesús el 1° de julio; en algunos lugares se conserva. Más aún, se dedica ese mes entero a tan piadosa devoción. El hecho de que no se haya conservado en el Calendario general se debe a que la solemnidad del Cuerpo y la Sangre del Señor (el domingo que sigue a la de la Santísima Trinidad), ya contempla este Misterio del "Precio de nuestra salvación". 
La Misa votiva puede celebrarse cualquier día del año que no esté impedido litúrgicamente. Siempre se usan ornamentos rojos.



Esta Misa puede celebrarse cualquier día que no esté litúrgicamente impedido. Se prohíbe, naturalmente, en la solemnidad del Sagrado Corazón de Jesús, que posee Misa propia. 
La costumbre y la piedad popular hacen preferir los primeros viernes de cada mes, a la luz del conocido acto devocional de la confesión y la comunión reparatoria durante nueve meses consecutivos. También puede emplearse como Misa votiva del Corazón de Jesús la de la homónima solemnidad, aunque sin Gloria ni Credo. En cualquier caso se emplean el mismo Prefacio y ornamentos blancos.



Se trata de tres formularios diferentes con dos Prefacios propios: el primero se establece para el primer formulario; el segundo, para el que le sigue; y cualquiera de los dos para el tercer formulario. Siempre se usan ornamentos rojos.  Si se emplea en lugar de la Misa ritual de Confirmación, lo cual está permitido, los ornamentos pueden ser rojos, blancos o festivos. (Se entiende por "color festivo" al de aquellos ornamentos utilizados en las más grandes solemnidades o eventos litúrgicos; son elaborados con materiales más nobles y significativos; pueden no ser de los colores habituales.



Los siguientes formularios están tomados de la Tradición de la Iglesia y algunos, de la Collectio Missae de Beatae Maria Virgine, libro litúrgico al que remito, y en el que hay 46 formularios de Misas marianas que recogen lo más selecto de la tradición mariana de la Iglesia. También pueden emplearse como Misa votiva de la Santísima Virgen cualquiera de las que figura en el Común correspondiente, las cuales, a su vez, encuentran su propio lugar en las entrañables celebraciones "sabatinas" de María (Santa María in sabbato). En toda Misa de la Virgen se emplean ornamentos blancos; solo donde y cuando la autoridad competente lo haya autorizado, pueden emplearse ornamentos celestes.

   a) Varios formularios para los diferentes tiempos litúrgicos: se toman del Común.
  b) Santa María, Madre de la Iglesia: en algunos lugares se celebra como memoria litúrgica obligatoria el lunes que sigue inmediatamente a Pentecostés
  c) Santísimo Nombre de María (dos formularios): se ha restituido al Calendario general, y como "memoria libre", la festividad del Santísimo Nombre de María, el 12 de septiembre, que tiene una Misa propia. Aparte de ella, existen dos formularios de Misa votiva. Siempre se usan ornamentos blancos.
 d) Santa María, Reina de los Apóstoles: en algunos lugares o Congregaciones se celebra la festividad de la Virgen María, Reina de los Apóstoles, el sábado inmediatamente precedente a la solemnidad de Pentecostés. Esta Misa votiva puede celebrarse cualquier otro día no impedido, o en este y por la mañana, allí donde la celebración tenga el grado litúrgico de "fiesta" o "solemnidad". Siempre se emplean ornamentos blancos.


De los santos


Antiguamente, los martes era el día de la semana dedicado al culto de los ángeles. Actualmente, cualquier día litúrgicamente no impedido puede ser propicio para ello. En cualquier caso, se puede emplear esta Misa votiva o la de los santos Ángeles Custodios (02/10). Seimpre se usa el Prefacio de los santos Ángeles y ornamentos blancos.


Adviértase que los únicos tres santos que la liturgia celebra con el máximo grado de solemnidad, son los que poseen Misas votivas propias, a saber:


Celebrado el 24 de junio (la solemnidad de su Nacimiento -con Vigilia-) y el 29 de agosto (la memoria de su martirio). Su Misa votiva puede celebrarse en cualquier día fuera de esos -pues tienen Misa propia- y que no esté litúrgicamente impedido. Se omiten el Gloria y el Credo. Se usan ornamentos blancos y se emplea el Prefacio propio.


13- San José:

Celebrado el 19 de marzo (su solemnidad como Esposo de María, Padre adoptivo de Cristo y patrono de la Iglesia universal) y el 1° de mayo (su memoria libre como artesano u obrero de Nazaret). Como Misa votiva se puede decir la aludida aquí, o alguna de las otras dos mencionadas, siempre sin Gloria ni Credo. Antiguamente, los miércoles de cada semana estaban dedicados a la devoción a san José. Aún hoy están vigentes algunos ejercicios piadosos que evocan tal realidad. Siempre se usan ornamentos blancos y se emplea el Prefacio propio.


14- Todos los santos Apóstoles:

Habida cuenta de que cada apóstol, solo, o en compañía de otro, tiene su fiesta con Misa propia asignada en el Calendario, la Misa votiva de "todos los santos Apóstoles" pretende celebrarlos juntos como "categoría litúrgica". Omitido por razones obvias Judas Iscariote, en esta celebración no solamente se pretende hacer memoria de los Once elegidos por el mismo Maestro durante su vida terrenal, sino también  de Pablo, Matías y Bernabé, que con pleno derecho integran también el Colegio Apostólico. La Misa se celebra con ornamentos rojos. Se emplea cualquiera de los dos Prefacios de Apóstoles.


15- Santos Apóstoles Pedro y Pablo:

Celebrados juntos como solemnidad cada 29 de junio, la Misa pretende ser un eco de aquella  tan arraigada en la liturgia y la piedad de los fieles. Se emplea el formulario de la Vigilia de dicha solemnidad. Se usan ornamentos rojos y el mismo Prefacio propio, omitiendo el Gloria y el Credo.


16- San Pedro Apóstol:

Celebrado individualmente cada 22 de febrero, en la fiesta de su Cátedra en Roma, la Misa votiva también pretende resaltar la figura del Príncipe de los Apóstoles. Se usan ornamentos rojos, a diferencia de la mencionada fiesta, en que se emplean los blancos. Se omite el Gloria y se emplea el Prefacio I de Apóstoles.



Celebrado individualmente cada 25 de enero, en la fiesta de su Conversión, la Misa votiva quiere destacar la importancia de la misión del Apóstol de los gentiles. Se usan ornamentos rojos, a diferencia de la mentada fiesta, en que se emplean blancos. Se omite el Gloria y se emplea el Prefacio I de Apóstoles.


18- Un santo Apóstol:

A simple vista parecería redundante el formulario de esta Misa votiva, teniendo en cuenta que todos los apóstoles tienen festividad y formulario propio fijados en el Calendario general. No obstante, hay veces en que, sin celebrarse su fiesta, se quiere honrar de manera propia e individual a alguno de ellos por diversas razones (ser titular de alguna institución, festejar algún aniversario civil o religioso, etcétera). Puede celebrarse, en estos casos, la misma Misa de la fiesta. Sin embargo, la Misa votiva que aquí se menciona, es la alternativa ideal, para cuando la Misa propia de la fiesta del apóstol en cuestión, es conjunta con otro apóstol (son los casos de Felipe y Santiago el menor -3/5- , y de Simón y Judas Tadeo 28/10-). En cualquier caso se emplean ornamentos rojos y se omite el Gloria. Si se trata del apóstol y evangelista san Juan, deben usarse ornamentos blancos. Se emplea el Prefacio II de Apóstoles.


El formulario de la Misa votiva es distinto del de la solemnidad de Todos los Santos (1°/11). Se omiten el Gloria y el Credo, y se emplea cualquiera de los dos Prefacios de santos. Se usan ornamentos blancos.
Hay que hacer notar que esta Misa votiva -como la de la solemnidad- no se ha compuesto para un santo o algunos santos en particularr, sino para todos sin individualizar. Se trata de una alabanza a Dios, Creador, Redentor y Santificador, por el don de la santidad.


El hecho de que no haya una Misa votiva "para un santo" no implica ningún "olvido" o "laguna". Está  contemplado en la norma litúrgica que permite celebrar en los días no impedidos a cualquier santo inscripto ese mismo día en el Martirologio, aun cuando no lo estuviera en el Calendario general o en los particulares.

Cada Familia religiosa puede (-ocurre y ha ocurrido-) proponer a la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos nuevos formularios propios de Misas votivas, que una vez aprobados por este dicasterio, deben añadir a los apéndices de los respectivos Misales propios.

Las Misas de difuntos pueden considerarse como un "apéndice" de las Misas votivas ya que se rigen por leyes propias aunque compartan algunas características de dichas votivas.


29 de septiembre de 2017, fiesta de los santos arcángeles Miguel, Gabriel y Rafael, y de todos los Coros de Espíritus bienaventurados. 
Entrada dedicada a ellos.

4 comentarios:

  1. Bravo por este artículo claro y tan desarrollado. Yo sigo "trasteando" en este blog, pues veo que puedo aprender y compartir con otros algunas entradas referidas a liturgia, san Juan bautista y devoción popular.

    Como complemento, le comparto unas líneas del Delegado de Liturgia de la diócesis de Ourense, en revista 'Pastoralia', 53, p. 13, cuando se refiere a las Misas votivas en la tercera edición del Misal: "Entre las “misas votivas” se ha añadido la de la “Divina Misericordia”, la de “Jesucristo, Sumo Sacerdote” y la de S. Juan Bautista, pasando, por tanto, de 16 a 19."

    Un saludo.

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  2. Muchas gracias por los aportes, siempre enriquecedores.
    Estoy a su disposición para lo que necesite. Puede contactarme por aquí o por Facebook, enviando mensaje o solicitud para unirse: ("Liturgia Católica, Divino Tesoro").
    Sobre san Juan Bautista, puede hallar la letanías en este mismo blog.

    ¡Santo día del Señor para usted!

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  3. La llamada misa votiva de la Inmaculada Concepción, es la que se usa para el 8 de diciembre? en otras palabras, en un dia liturgico no impedido, ¿se puede usar el formulario del 8 de diciembre?

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    Respuestas
    1. El formulario de la Misa votiva de la Inmaculada Concepción es el mismo que el de la homónima solemnidad. Las diferencias entre ambas celebraciones consisten en la simplificación de la Misa votiva: se omiten el "Gloria" y el "Credo"; se proclama una sola lectura (con su correspondiente salmo) antes del Evangelio; no son obligatorias ni la homilía ni la Oración de los fieles.

      En un día litúrgico en que se permitan las Misas votivas, en los términos precedentes, puede celebrarse la de la Inmaculada Concepción.

      La Sagrada Familia de Jesús, María y José, en esta fiesta litúrgica en que es honrada, colme de bendiciones navideñas tu vida.

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